El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) trabaja para ofrecer una serie de ayudas a personas en situación de vulnerabilidad económica, con el objetivo de paliar la asfixia a la que están sometidos y poder hacer frente a los gastos más básicos del hogar, especialmente si existen menores en la unidad de convivencia. Además, también es importante señalar que cuando una persona de notable edad pierde el trabajo de forma involuntaria, no siempre vuelve al mercado laboral a las primeras de cambio, por lo que necesita un apoyo en materia de subsidio.
Por ello, estar en situación de desempleo a partir de los 50 años puede suponer en la mayoría de ocasiones un descenso grave de los ingresos económicos de cada mes, sobre todo cuando la persona ha agotado la prestación contributiva por desempleo -paro-. En esta ocasión, el SEPE intenta proteger a estos colectivos con subsidio para mayores de 52 años, para lo que es imprescindible demostrar una carencia de rentas, muchos dudan de si pierden la ayuda o no al tener ahorros en el banco.
Cobrar el subsidio y tener dinero en el banco, ¿compatible?
Para aclarar esta pregunta hay que tener en cuenta un aspecto de vital importancia: conocer desde cuando se tienen esos ahorros. Se debe informar a las instituciones competentes si esta suma de dinero en la cuenta bancaria ya se tenía antes de recibir la ayuda o los ingresos son posteriores a ese momento. Por regla general, la administración pública no tiene que obligar a ningún solicitante a mostrar cuál es la cuantía que tenga de otro de su cuenta bancaria de primeras.
En definitiva, se deduce que si tiene un dinero guardado y queda sin trabajo y sin paro, puede recibir el subsidio si este no sobrepasa el límite del Salario Mínimo Interprofesional. No obstante, uno de los posibles escenarios donde podrían comenzar los problemas sería al presentar la Declaración Anual de Rentas. Ahí es donde la administración pública comprueba que se cumple con la norma, a pesar de que se tenga guardado dinero en el banco.
Otro contexto a tener en cuenta podría ser una inyección monetaria adicional, como el cobro de una herencia. Puntualmente, el desempleado recibe una suma de dinero importante que sobrepasa los 850,50 euros. Y aquí se abre un proceso por parte del SEPE en el que hay que cumplir unos plazos. En esta situación, la persona beneficiaria ha de comunicarlo de inmediato. Para ello, se abre un plazo de 30 días en el que la persona tiene que dar conocimiento del hecho al SEPE.
¿Qué ingresos puede recibir para mantener el subsidio?
De acuerdo con la legislación vigente, se tiene la consideración de bienes todos los rendimientos o rentas que disponga el desempleado. Si conviven dentro de una unidad familiar, también tienen la consideración de bienes aquellos ingresos de quienes la componen. Deben derivar del trabajo, de capital mobiliario o inmobiliario o de otras prestaciones que se reciban, como el Ingreso Mínimo Vital.
Por el contrario, no computan como bienes las prestaciones a la Seguridad Social por hijos a cargo, como la de maternidad o paternidad de las cuotas destinadas a un convenio especial para la pensión de jubilación. Sí que se considerarán rentas otras pensiones, como la viudedad o la incapacidad permanente.
