Nuevo mensaje del SEPE: «No puedes solicitar tu prestación»​

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), es el organismo encargado de gestionar la mayor parte de las prestaciones que se conceden por desempleo. Es decir, es quien valora, controla y distribuye estas ayudas a las personas que cumplen con los requisitos para poder recibirlas. Y es que cumplir con los requisitos es fundamental para acceder a una prestación. Pues se trata de criterios que cumplen una función: Cribar entre los solicitantes quienes necesitan esa ayuda realmente.

Es importante tener claro que la función del SEPE no es exclusivamente la de gestionar las prestaciones por desempleo. El objetivo final, es el de ayudar a las personas en situación de desempleo a volver al mercado laboral. Es por ello, que cuenta con más recursos además de las ayudas económicas. Recursos como bolsa de trabajo, o cursos para que los desempleados aumenten sus posibilidades de entrar en el mercado laboral.

El SEPE comunica que no puedes solicitar tu prestación

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha resuelto a través de su perfil oficial de X (Antiguo Twitter), una duda muy recurrente entre las personas que van a solicitar una prestación a la entidad: «¿Puedes solicitar tu prestación si tienes días de vacaciones por disfrutar?». Este organismo ha dejado claro que no es posible solicitar una prestación por desempleo si tienes días de vacaciones por disfrutar, porque aún no estás en ‘situación legal de desempleo’.

Por tanto, a pesar de que una persona sepa que no va a continuar en su puesto de trabajo, si le quedan días de vacaciones o está en ese periodo de descanso, debe saber que no podrá solicitar ninguna prestación por desempleo hasta agotar ese periodo. Pues a pesar de que no continuará en su puesto, aún está en un periodo que pertenece al laboral, pues las vacaciones son días de descanso que le pertenecen al trabajador por contrato.

¿Qué ocurre tras el periodo de vacaciones?

Desde el SEPE destacan no solo que no es posible solicitar una prestación por desempleo e periodo de vacaciones, o si aún quedan días por contrato de este tipo, sino que una vez finalizado dicho periodo, el trabajador (o ex trabajador), cuenta con un periodo de 15 días hábiles para tramitar la ayuda pertinente al Servicio Público de Empleo estatal.

Por tanto, el trabajador que ponga fin a su contrato en un puesto determinado, o le despidan, y tenga aún días de vacaciones por disfrutar, deberá agotar ese periodo de descanso como trabajador de la empresa, para luego solicitar la ayuda que le corresponde en el SEPE. Además, le debe quedar la tranquilidad de que no tiene por qué solicitarla nada más terminar las vacaciones, sino que tiene 15 días hábiles para poder llevar esta gestión a cabo.

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