Los coeficientes reductores para adelantar la jubilación en trabajos peligrosos o penosos se revisarán cada 10 años​

El pasado 28 de mayo de 2025, el Gobierno de España aprobó el Real Decreto 402/2025 para regular el procedimiento previo para determinar los supuestos que permitirán acceder a la jubilación anticipada en determinadas actividades laborales calificadas como penosas, tóxicas, insalubres, peligrosas o tóxicas.

Así, los coeficientes reductores para adelantar la jubilación en estos casos se revisarán cada diez años, tal y como ha estipulado el Gobierno de España en la mencionada reforma. El objetivo de esta revisión será comprobar si la aplicación de nuevas tecnologías o avances han provocado la desaparición de las causas que provocaron el establecimiento de los coeficientes reductores en determinadas profesiones.

Procedimiento de aplicación de coeficientes reductores para la jubilación anticipada

En relación a la revisión de los coeficientes reductores para la jubilación anticipada cada diez años, es fundamental realizar una serie de aclaraciones importantes. Los trabajadores deben tener en cuenta que los efectos de esta revisión no tendrán efecto sobre la situación de trabajadores que, con anterioridad a la misma, hubiesen desarrollado su actividad ni a los periodos de ejercicio de aquélla.

Desde el Gobierno de España defienden que el procedimiento previo establecido en la norma facilita a los trabajadores que se beneficien de dos elementos. Por un lado, podrán beneficiarse de una mejora en sus condiciones de trabajo.

Por otra parte, en caso de no poder beneficiarse en sus condiciones de empleo, tendrán la ventaja de rebajar su edad de jubilación. Además, en este caso, se aplica un beneficio añadido al considerar como cotizado el tiempo en que se reduzca la edad de jubilación.

En cualquier caso, este nuevo procedimiento de coeficientes reductores aprobado por el Gobierno de España únicamente se aplicará para nuevos sectores, actividades profesionales y colectivos que actualmente no cuentan con reducción de la edad de jubilación. Es decir, no tendrá ninguna incidencia en profesiones que ya disfrutan de una reducción en la edad de jubilación.

Así, la norma entrará en vigor a los veinte días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el 18 de junio. Además, tendrá efectos en el mismo día que entre en vigor la orden ministerial conjunta para la creación de la Comisión de Evaluación.

Criterios para determinar qué trabajadores podrán beneficiarse de los coeficientes reductores

Esta nueva normativa del Gobierno de España establece una serie de criterios para determinar la penosidad, toxicidad, peligrosidad e insalubridad de una actividad profesional, de cara a aplicar los coeficientes reductores para reducir la edad de jubilación.

Así, estos son los criterios establecidos para determinar la penosidad de una actividad laboral, según el Real Decreto:

  • Exposición a temperaturas extremas.
  • Uso permanente de la fuerza física.
  • Ruido o vibraciones.
  • Exposición a agentes físicos, químicos o biológicos.

Respecto a los criterios para marcar la toxicidad de una actividad profesional, se tendrá en cuenta la exposición con agentes físicos, químicos, biológicos agresivos o nocivos. En cuanto a la insalubridad, se refiere a actividades con una exposición a un ambiente susceptible de ser perjudicial para la salud del trabajador.

Sobre la peligrosidad, se establecen criterios en relación a actividades laborales susceptibles de ocasionar un accidente de trabajo o enfermedad profesional al trabajador, con un mayor grado de incidencia o frecuencia respecto a otros empleos.

Sea como fuere, en ningún caso, la aplicación de coeficientes reductores podrá dar lugar a que un trabajador acceda a la jubilación anticipada con una edad inferior a 52 años. Así lo fija la normativa del Gobierno de España.

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