El 30 de junio de 2025 finaliza el plazo para presentar la Declaración de la Renta correspondiente a la Campaña de la Renta y Patrimonio de 2024. Los contribuyentes han tenido desde el 2 de abril de 2025 para completar este trámite fiscal.
Hay que recordar que algunos contribuyentes están exentos de presentar la Declaración de la Renta, ya sea por su bajo nivel de ingresos o debido a la naturaleza de los propios ingresos.
¿Qué pasa si la Declaración de la Renta se presenta fuera de plazo?
La Agencia Tributaria habilita normalmente un plazo de unos tres meses para que los contribuyentes puedan presentar la Declaración de la Renta con normalidad. La principal vía utilizada por los ciudadanos para presentar la Renta es la vía online, a través de la Sede Electrónica de Hacienda.
Además, los contribuyentes en España también tienen la posibilidad de presentar la Declaración de la Renta por vía telefónica o vía presencial. Es decir, existen tres mecanismos diferentes para completar este trámite fiscal de obligado cumplimiento.
A pesar del amplio plazo que establece Hacienda, muchos ciudadanos se quedan rezagados y no presentan la correspondiente declaración a tiempo. Así, presentar la Declaración de la Renta fuera de plazo puede tener consecuencias negativas para el contribuyente.
En la mayoría de situaciones, Hacienda puede llegar a sancionar al ciudadano con un recargo cuando presenta la Declaración de la Renta fuera de plazo. Eso sí, la sanción varía en función de los dos siguientes factores:
- Si existe requerimiento por parte de Hacienda o no.
- Si el resultado de la declaración sale a pagar al contribuyente o a devolver por parte de Hacienda.
Al respecto, los profesionales de ‘TaxDown’ indican que «si tu declaración ha salido a pagar, te has pasado de plazo, y la Administración todavía no te lo ha comunicado, la mejor opción es que la presentes tú cuanto antes, aunque ya te hayas pasado de fecha. En estos casos habrá un recargo, pero no una sanción».
Un recargo consiste en un pago adicional que debe realizar el contribuyente y que varía según el tiempo que haya transcurrido más allá del plazo oficial para presentar la Declaración de la Renta.
Recargos y sanciones por presentar la declaración fuera de plazo
Por norma general, si la Declaración de la Renta sale a pagar y no hay requerimiento de Hacienda, se aplican recargos que van desde el 1% al 20%, según el retraso con respecto a la finalización del plazo oficial. Si hay requerimiento, la sanción puede variar del 50% al 150%.
En caso de que la Declaración de la Renta salga a devolver, la multa es de 100 euros sin requerimiento y 200 euros con requerimiento por parte de Hacienda. Sea como fuere, puede suponer un gasto económico importante para el contribuyente.
Si un ciudadano tiene la obligación de presentar la Declaración de la Renta y ha concluido el plazo de presentación, debe saber que sí se puede presentar la Declaración fuera de plazo. Eso sí, lo más recomendable es que complete dicho trámite cuanto antes para evitar que las sanciones o recargos por parte de Hacienda sean demasiado elevados.
En este año 2025, los contribuyentes han podido pagar por primera vez la Renta a través de Bizum, además de los métodos tradicionales como transferencias bancarias, pago en una oficina bancaria o con Número de Referencia Completo (NRC). Esto es algo que también deben conocer aquellas personas que no hayan presentado a tiempo la Declaración de la Renta en 2025.