Una Sentencia del Tribunal Supremo determina que las donaciones en vida deben computarse en la herencia en caso de que haya herederos forzosos. Se trata de una aclaración que realiza el alto tribunal en relación a las herencias en España.
Habitualmente, es común que aparezcan dudas entre los ciudadanos en España sobre qué es más beneficioso, si realizar una donación en vida o que el proceso de sucesión se produzca directamente a través de una herencia.
El Tribunal Supremo indica cuándo la donación debe computarse en una herencia
En concreto, hablamos de una sentencia reciente del Tribunal Supremo, de 24 de marzo de 2025. Dicha sentencia recoge que toda donación en vida que se realice de manera previa al fallecimiento tendrá que entrar en cómputo de la herencia si hay herederos forzosos implicados en la misma. Se trata de una sentencia que sienta jurisprudencia en la materia.
El proceso judicial que nos atañe tuvo lugar tras el fallecimiento de una mujer. Seis años antes de su muerte, esta mujer donó varias fincas a tres de sus hijos y a varios nietos. Sin embargo, uno de sus nietos no recibió ningún tipo de donación.
Al fallecer esta mujer, al comenzar el proceso de reparto de la herencia, el nieto que no recibió ninguna donación solicitó que el valor de las fincas donadas en vida también se incluyera en el inventario de la herencia. Con este movimiento, el nieto reclamaba que su parte de la legítima como heredero forzoso no se viese reducida a causa de las donaciones previas.
En un primer momento, la Audiencia Provincial de Albacete rechazó la solicitud de la persona demandante. Desde el Juzgado entendieron que la mujer actuó libremente al donar los bienes. Además, también se consideró que no había indicios de que la persona causante pretendiera perjudicar al nieto en cuestión.
Así, el caso terminó llegando al Tribunal Supremo tras la presentación de varios recursos por parte de la persona demandante. Ante ello, el Tribunal Supremo anuló la sentencia y determinó que las donaciones en vida no pueden utilizarse para alterar el reparto de una herencia entre herederos forzosos.
En definitiva, el Tribunal Supremo sentencia que las donaciones en vida deben computarse para calcular si se ha respetado la legítima de una herencia para los herederos forzosos. Se trata de una sentencia de gran relevancia.
¿Qué herederos tienen la condición de legitimarios?
Con todo ello, los profesionales de BBVA manifiestan que «los herederos forzosos no pueden ser privados de una parte determinada de la herencia, conocida como legítima, independientemente de lo que el causante haya dispuesto en su testamento o de las donaciones que haya realizado en vida».
En España, según se recoge en el Código Civil, tienen la condición de legitimarios los siguientes herederos forzosos:
- Hijos y nietos.
- En ausencia de descendientes, padres y abuelos.
- El cónyuge viudo.
La herencia en España se divide en tres partes: tercio de la legítima, tercio de mejora y tercio de libre disposición. Los herederos forzosos tienen derecho, como mínimo, a recibir a partes iguales el montante de la herencia correspondiente al tercio de la legítima.
Así, si la legítima no se respeta a través del testamento o mediante donaciones en vida, los herederos forzosos tienen la posibilidad de reclamar lo que realmente les corresponde. Esto es algo que deja claro la reciente sentencia emitida desde el Tribunal Supremo.