El BOE recoge los cambios para mejorar el acceso al empleo público de personas con discapacidad​

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la nueva orden ministerial en la que se establecen los criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Estos cambios es una antigua demanda que lanzaron desde el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), que ha participado en el grupo de trabajo al que se encomendó su elaboración. Y la norma se ha podido llevar a cabo tras ser promovida por los ministerios para la Transformación Digital y de la Función Pública y de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

De esta manera, se da forma a la nueva regulación que actualiza y amplía la vigente hasta ahora, que databa de 2006.

Pruebas selectivas adaptadas a las personas con discapacidad

El BOE recoge que el «objeto de esta orden es establecer los criterios generales para determinar las adaptaciones de medios y tiempos, así como la realización de otros ajustes razonables en los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas en las que participen personas con discapacidad, en el ámbito del personal civil de la Administración del Estado».

La nueva norma:

  • Define los ajustes razonables
  • Delimita su ámbito de aplicación
  • Establece el universo de personas con discapacidad beneficiarias de las medidas que contiene
  • Formula la adaptación de medios humanos que se pueden solicitar por los aspirantes
  • Garantiza los recursos y apoyos para la autonomía personal
  • Regula con detalle el procedimiento para la petición de adaptación de medios y tiempos y ajustes razonables

Aborda también los criterios y procesos aplicables para la concesión de adaptación de medios y tiempos y otros ajustes razonables y ordena a la Secretaría de Estado de Función Pública aprobar un ‘Manual general de adaptaciones de medios, tiempos y otros ajustes razonables en las pruebas selectivas para personas con discapacidad’, que ofrezca pautas, información y asesoramiento y recomendaciones detalladas que los órganos de selección deberán tener en cuenta para garantizar la participación adecuada de las personas aspirantes con discapacidad en los procesos selectivos de acceso al empleo público.

Las adaptaciones de medios humanos que propone el BOE

El BOE recoge una serie de adaptaciones de medios humanos que podrán consistir en la puesta a disposición de la persona con discapacidad participante en el proceso selectivo de:

  • Asistente personal.
  • Personal que preste servicios en materia de accesibilidad para personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, que cuente con regulación normativa específica
  • Otro personal de asistencia o apoyo de personas con discapacidad, que cuente con regulación normativa específica

Si hablamos personas que se pueden beneficiar de las medidas de adaptación de medios y tiempos, y de otros ajustes razonables en los procesos selectivos, debemos destacar que a los  efectos de esta norma, se entiende por personas con discapacidad beneficiarias aquellas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento descritas en el primer párrafo del apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social.

Además, aseguran que las personas aspirantes que, aun sin contar con un reconocimiento oficial del grado de discapacidad, acrediten formalmente su situación personal de necesidad de apoyo mediante alguno de los medios admitidos en Derecho, podrán solicitar en estos casos solo las adaptaciones de medios y otros ajustes razonables.

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