¿Cobras el Ingreso Mínimo Vital? Así puedes cobrar 115 euros adicionales al mes en 2025​

Las personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España tienen la posibilidad de percibir un complemento adicional de 115 euros al mes en 2025. Para tener derecho a cobrar este complemento económico, es obligatorio cumplir con ciertos requisitos básicos establecidos por la Seguridad Social.

Precisamente, desde la Seguridad Social explican que «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».

Complementos que se pueden cobrar con el IMV

Junto a la cuantía garantizada del Ingreso Mínimo Vital, es posible cobrar hasta tres complementos diferentes habilitados por la Seguridad Social, siendo todos ellos compatibles entre sí:

  • Complemento por discapacidad: Dirigido a titulares o unidades de convivencia en las que un miembro tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
  • Complemento por monoparentalidad: Destinado a unidades familiares monoparentales.
  • Complemento de Ayuda a la Infancia: Dirigido a personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital que conviven con hijos a cargo.

En 2025, la cuantía del Ingreso Mínimo Vital para un beneficiario individual es de 658,81 euros al mes. Se trata de un importe de 7.905,80 euros al año, ya que esta prestación de la Seguridad Social se devenga en 12 pagas durante el año.

Así, el complemento por discapacidad tiene un importe equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada para un beneficiario individual del Ingreso Mínimo Vital. Es decir, la cuantía es de 144,93 euros al mes (1.739,25 euros al año). Esta es la misma cuantía que se aplica para el complemento por monoparentalidad.

Complemento de 115 euros al mes en el Ingreso Mínimo Vital

Por otro lado, encontramos el Complemento de Ayuda a la Infancia. Este complemento está destinado a las personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital que conviven con hijos menores a cargo.

La cuantía de este complemento varía en función de la edad del menor que figura en la unidad de convivencia:

  • Importe de 115 euros al mes por cada hijo entre 0 y 3 años de edad.
  • Cuantía de 80,50 euros al mes por cada hijo entre 3 y 6 años de edad.
  • Importe de 57,50 euros al mes por cada hijo entre 6 y 18 años de edad.

Para tener derecho a percibir un complemento económico de 115 euros al mes en 2025, las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital tendrán que cumplir con los siguientes requisitos básicos:

  1. Ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.
  2. Tener, como mínimo, un hijo con una edad entre 0 y 3 años de edad. El hijo debe formar parte de la misma unidad de convivencia.
  3. Residir en España de manera habitual y estar empadronado.
  4. Cumplir con los criterios de vulnerabilidad y carencia de rentas definidos por la Seguridad Social. Los requisitos de carencia de rentas pueden variar en función del número de miembros que figuran en la unidad familiar.

Como conclusión, desde la Seguridad Social señalan que «el cambio en las circunstancias personales de la persona beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital, o de alguno de los miembros de la unidad de convivencia, podrá suponer la modificación de la cuantía de la prestación económica mediante la revisión correspondiente por la entidad gestora».

Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital tienen la obligación de informar a la Seguridad Social cualquier cambio que se produzca en la unidad de convivencia, y que pudiese afectar al importe mensual de la prestación.

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