Las personas con discapacidad están de enhorabuena en 2025: se pueden jubilar a los 52 años​

En este 2025 las personas con discapacidad van a poder acceder a la jubilación antes que el resto de trabajadores, ya que la Gobierno de Pedro Sánchez aprobó en 2023 una mejora del acceso a la jubilación anticipada para las personas con discapacidad superior al 45%, que vamos a explicar a lo largo de este texto.

Debemos de tener en cuenta que uno de los grandes cambios que se incluyeron pasa por reducir los años de cotización exigidos a este colectivo de 15 a 5 desde el diagnóstico de la discapacidad. Además, como veremos más adelante, que las personas que tengan más de una patología discapacitante podrán optar a la jubilación anticipada si la suma de sus dolencias supera el 45% de discapacidad.

¿Quiénes se pueden beneficiar de la jubilación anticipada por discapacidad?

Desde la Seguridad Social han destacado que los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia incluidos en cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social que acrediten:

  • Estar en alta o en situación asimilada a la de alta
  • Que a lo largo de su vida laboral han trabajado un tiempo efectivo equivalente, al menos, al período mínimo de cotización que se exige para poder acceder a la pensión de jubilación estando afectados por alguna de las patologías generadoras de discapacidad y, dentro de ese período, durante al menos cinco años, con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.

Además las personas podrán acreditar su discapacidad mediante un informe médico que indique la fecha en que se ha iniciado o se ha manifestado la patología, ya sea esta la fecha de nacimiento o una posterior. Además, la acreditación de que la discapacidad ha sido igual o superior al 45% durante al menos cinco años tiene que efectuarse mediante un certificado del Instituto de Mayores y Servicios Sociales o del órgano correspondiente de cada comunidad autónoma. Debe indicar la fecha en la que se ha iniciado o manifestado la discapacidad.

¿Cómo me puedo jubilar a los 52 años por discapacidad?

Desde la Seguridad Social han indicado que la edad mínima de jubilación de las personas afectadas, en un grado igual o superior al 45%, por una discapacidad de las enumeradas en el listado, que vamos a ver a continuación, excepcionalmente, la de 56 años. Pero todo no queda ahí, ya que el trabajador que tenga una discapacidad igual o superior al 65% podría jubilarse a partir de los 52 años.

Por lo tanto, debemos de tener en cuenta que los trabajadores que acrediten un grado de discapacidad por debajo del 45% accederán a la jubilación en la edad ordinaria fijada para cada caso.

Este es el listado con todas las patologías con las que se puede acceder a la jubilación anticipada por discapacidad:

  • Discapacidad intelectual
  • Parálisis cerebral.
  • Anomalías genéticas:
    • Síndrome de Down
    • Síndrome de Prader Willi
    • Síndrome X frágil
    • Osteogénesis imperfecta
    • Acondroplasia
    • Fibrosis Quística
    • Enfermedad de Wilson
  • Trastornos del espectro autista
  • Anomalías congénitas secundarias a Talidomida
  • Secuelas de polio o síndrome postpolio
  • Daño cerebral (adquirido):
    • Traumatismo craneoencefálico
    • Secuelas de tumores del SNC, infecciones o intoxicaciones
  • Enfermedad mental:
    • Esquizofrenia
    • Trastorno bipolar
  • Enfermedad neurológica:
    • Esclerosis lateral Amiotrófica
    • Esclerosis múltiple
    • Leucodistrofias
    • Síndrome de Tourette
    • Lesión medular traumática

Para más información sobre la pensión de jubilación anticipada para personas con discapacidad puedes visitar la web oficial de la Seguridad Social.

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