En este 2025 las personas con discapacidad van a poder acceder a la jubilación antes que el resto de trabajadores, ya que la Gobierno de Pedro Sánchez aprobó en 2023 una mejora del acceso a la jubilación anticipada para las personas con discapacidad superior al 45%, que vamos a explicar a lo largo de este texto.
Debemos de tener en cuenta que uno de los grandes cambios que se incluyeron pasa por reducir los años de cotización exigidos a este colectivo de 15 a 5 desde el diagnóstico de la discapacidad. Además, como veremos más adelante, que las personas que tengan más de una patología discapacitante podrán optar a la jubilación anticipada si la suma de sus dolencias supera el 45% de discapacidad.
¿Quiénes se pueden beneficiar de la jubilación anticipada por discapacidad?
Desde la Seguridad Social han destacado que los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia incluidos en cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social que acrediten:
- Estar en alta o en situación asimilada a la de alta
- Que a lo largo de su vida laboral han trabajado un tiempo efectivo equivalente, al menos, al período mínimo de cotización que se exige para poder acceder a la pensión de jubilación estando afectados por alguna de las patologías generadoras de discapacidad y, dentro de ese período, durante al menos cinco años, con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.
Además las personas podrán acreditar su discapacidad mediante un informe médico que indique la fecha en que se ha iniciado o se ha manifestado la patología, ya sea esta la fecha de nacimiento o una posterior. Además, la acreditación de que la discapacidad ha sido igual o superior al 45% durante al menos cinco años tiene que efectuarse mediante un certificado del Instituto de Mayores y Servicios Sociales o del órgano correspondiente de cada comunidad autónoma. Debe indicar la fecha en la que se ha iniciado o manifestado la discapacidad.
¿Cómo me puedo jubilar a los 52 años por discapacidad?
Desde la Seguridad Social han indicado que la edad mínima de jubilación de las personas afectadas, en un grado igual o superior al 45%, por una discapacidad de las enumeradas en el listado, que vamos a ver a continuación, excepcionalmente, la de 56 años. Pero todo no queda ahí, ya que el trabajador que tenga una discapacidad igual o superior al 65% podría jubilarse a partir de los 52 años.
Por lo tanto, debemos de tener en cuenta que los trabajadores que acrediten un grado de discapacidad por debajo del 45% accederán a la jubilación en la edad ordinaria fijada para cada caso.
Este es el listado con todas las patologías con las que se puede acceder a la jubilación anticipada por discapacidad:
- Discapacidad intelectual
- Parálisis cerebral.
- Anomalías genéticas:
- Síndrome de Down
- Síndrome de Prader Willi
- Síndrome X frágil
- Osteogénesis imperfecta
- Acondroplasia
- Fibrosis Quística
- Enfermedad de Wilson
- Trastornos del espectro autista
- Anomalías congénitas secundarias a Talidomida
- Secuelas de polio o síndrome postpolio
- Daño cerebral (adquirido):
- Traumatismo craneoencefálico
- Secuelas de tumores del SNC, infecciones o intoxicaciones
- Enfermedad mental:
- Esquizofrenia
- Trastorno bipolar
- Enfermedad neurológica:
- Esclerosis lateral Amiotrófica
- Esclerosis múltiple
- Leucodistrofias
- Síndrome de Tourette
- Lesión medular traumática
Para más información sobre la pensión de jubilación anticipada para personas con discapacidad puedes visitar la web oficial de la Seguridad Social.